¿Qué autorización y qué documentos necesita una empresa de seguridad privada en el Perú?
Respuesta breve
- Constituya una persona jurídica y pida a SUCAMEC la autorización de funcionamiento para su modalidad.
- Reúna los requisitos del trámite vigente: carta fianza, protocolo operativo y de control, plano del local y declaraciones juradas.
- Contrate el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y registre ante SUCAMEC a quien supervisa a su personal.
- No destaque a ningún agente sin autorización y carné vigentes. No preste servicio con la autorización vencida.
- 4guards ordena la operación diaria. No emite autorizaciones ni envía documentos a SUCAMEC.
Qué dice la normativa
- Decreto Legislativo 1213, arts. 18 y 32: las empresas especializadas son personas jurídicas constituidas conforme a la Ley General de Sociedades. La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) expide la autorización de funcionamiento. Es intransferible, dura cinco años y se renueva por igual período. La de vigilancia privada es de alcance departamental.
- Art. 19: la empresa mantiene una sola carta fianza vigente y remite el reporte de su cartera de clientes. También contrata el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para su personal. Art. 20: se inscribe en el registro de intermediación laboral, salvo las excepciones del reglamento.
- Trámite de SUCAMEC para vigilancia privada: carta fianza por cinco UIT, con vigencia mínima de cinco años. Pide también el protocolo operativo y de control y el plano de distribución interna. La autorización depende de la verificación del local.
- Reglamento (D.S. 005-2023-IN), art. 52, según SUCAMEC: estudio y plan de seguridad actualizado para cada local y modalidad. La carta fianza sigue vigente mientras dure la autorización. Cuando alguien deja de laborar, se informa a SUCAMEC en cinco días hábiles.
- Art. 27: una persona capacitada y registrada ante SUCAMEC como supervisor de seguridad privada supervisa al personal.
- Arts. 21, 29 y 30 y Reglamento: está prohibido prestar el servicio sin autorización o con la autorización vencida. El cliente verifica la vigencia en el Registro Nacional de Gestión de Información (RENAGI). Si contrata a una empresa no autorizada, incurre en responsabilidad administrativa.
- Comunicado N.º 003 de SUCAMEC (marzo de 2026): desde el 28 de febrero de 2026 no aplica algunas disposiciones del Reglamento. Lo decidió una resolución de Indecopi. Las demás siguen vigentes.
Fuentes consultadas el :
- Decreto Legislativo 1213, Decreto Legislativo que regula los servicios de seguridad privada, El Peruano, 24 de setiembre de 2015
- SUCAMEC, Solicitar autorización de servicios de vigilancia privada, gob.pe
- SUCAMEC, Obligaciones y prohibiciones para empresas especializadas (Reglamento, art. 52), gob.pe
- SUCAMEC, Comunicado N.º 003 sobre la Resolución 0156-2025/CEB-INDECOPI, 3 de marzo de 2026, gob.pe
- SUCAMEC, Empresas de seguridad autorizadas, gob.pe
Ejemplos prácticos
- Carpeta de la empresa: autorización y carta fianza con sus vencimientos. Pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Protocolo operativo y de control, y estudio y plan de seguridad de cada local.
- Carpeta por agente: carné vigente, constancia de capacitación vigente y certificado de salud físico y mental. Si el servicio lo exige, la licencia de uso de arma de fuego.
- Un cliente le pide prueba de su autorización. Remítalo a la lista de empresas autorizadas que publica SUCAMEC.
Errores frecuentes
- Dejar vencer la autorización o la carta fianza sin una fecha de aviso propia.
- Destacar a un agente cuyo carné ya venció.
- No avisar a SUCAMEC que un agente dejó de laborar.
- Usar listas de requisitos antiguas sin revisar el trámite vigente de SUCAMEC.
- Creer que 4guards controla los vencimientos ante SUCAMEC. Solo avisa con las fechas que usted escribe.
Cómo le ayuda 4guards
- 4guards registra clientes, instalaciones y agentes. Cada contrato tiene valor, período y horas. Una lista muestra los contratos que vencen dentro de una ventana que usted configura.
- En la ficha del agente escribe el número de su documento y, si quiere, una fecha de vencimiento. 4guards no consulta SUCAMEC ni el RENAGI.
- Guarde la autorización, la carta fianza y las pólizas con su propio procedimiento. 4guards no emite autorizaciones, no transmite nada a SUCAMEC y no garantiza el cumplimiento normativo.