¿Cómo documento un incidente en un objetivo vigilado y lo comunico al cliente y a la policía en la Ciudad y en la provincia de Buenos Aires?
Respuesta breve
- Anotá el incidente enseguida: hora, lugar, personas, hechos y medidas adoptadas, sin juicios de valor.
- Si hay un delito de acción pública, comunicalo de inmediato a la autoridad policial o judicial.
- El vigilador no interroga a quien se le imputa un delito ni lo requisa: en la provincia la ley lo prohíbe.
- Informá al cliente como indica el contrato. No des información de los clientes a terceros.
- Conservá solo los datos necesarios y eliminá los que dejen de serlo.
Qué dice la normativa
- Ciudad de Buenos Aires, Ley 5.688, art. 451: la prestadora pone en conocimiento inmediato de la autoridad policial o judicial todo hecho delictivo de acción pública que conozca.
- Provincia de Buenos Aires, Ley 12.297, arts. 9 y 12: la prestadora denuncia los delitos de acción pública que conozca. Comunica de inmediato a la policía toda situación de riesgo para las personas o sus bienes.
- Ley 12.297, art. 46: ocultar o demorar la comunicación a la autoridad judicial o policial de un hecho delictivo es infracción muy grave.
- Provincia, Ley 12.297, art. 14: el prestador no puede interrogar a quien se impute un delito ni realizar requisas o retener documentación personal. Ciudad, Ley 5.688, art. 450: la prestadora tiene prohibido ejercer tareas de investigación.
- Ley 5.688, art. 450, y Ley 12.297, art. 13: no se da a conocer a terceros la información sobre los clientes. En la provincia, solo los comitentes y la autoridad judicial pueden tomar conocimiento.
- Provincia, Ley 12.297, arts. 27 y 49: el registro de misiones se completa con un archivo de informes. Se presume la responsabilidad de la empresa por la actuación irregular del personal. Ciudad, Ley 5.688, art. 451: el libro de guardia asienta el detalle de las actividades.
- Ley 25.326, art. 4: los datos personales deben ser ciertos, adecuados, pertinentes y no excesivos. Se destruyen cuando dejan de ser necesarios o pertinentes.
Fuentes oficiales consultadas el :
- Ley 5.688 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Libro VI «Servicio de Seguridad Privada» (texto actualizado), Boletín Oficial de la Ciudad
- Ley 12.297 de la provincia de Buenos Aires, actividades de las prestadoras de seguridad privada (texto actualizado), normas.gba.gob.ar
- Ley 25.326, Protección de los datos personales, InfoLeg
Ejemplos prácticos
- Alarma de intrusión a las 02:10 en un depósito: anotá hora, zona y hechos, y elegí categoría y gravedad. Si avisás a la policía, anotá la hora del aviso.
- Una persona sorprendida sustrayendo mercadería: avisá de inmediato a la policía. En la provincia, el vigilador no la interroga ni la requisa.
- Puerta de emergencia abierta, sin daños: no hay un hecho delictivo y el contrato indica a quién y cuándo informar.
Errores frecuentes
- En la provincia, interrogar o requisar a quien se imputa un delito.
- Compartir el informe del incidente con alguien ajeno al contrato.
- Dar por inalterable el diario de eventos. Administradores, gerentes y propietarios pueden borrar anotaciones.
- Esperar fotos en 4guards o que avise solo al cliente.
Cómo te ayuda 4guards
- Desde el plan Start registrás incidentes con categoría, gravedad, descripción y estado. Vos llevás el estado de escalamiento, cerrás o reabrís incidentes y ves estadísticas e historial por objetivo.
- Las fotografías son solo una referencia: nombre de archivo, clave de almacenamiento y tamaño. No hay carga ni visor de imágenes.
- En el diario de eventos el texto de una anotación no se edita; un seguimiento se registra como «resolución». Aun así, administradores, gerentes y propietarios pueden borrar anotaciones.
- No se envía nada automáticamente al cliente ni a las autoridades. El parte lo transmitís vos. Desde el plan Plus, la aplicación 4notify (SMS, WhatsApp, correo) viene incluida como aplicación aparte; 4guards no la invoca automáticamente.
- El registro de incidentes de 4guards no es el libro de guardia ni el de novedades que exige la ley.