¿Cómo verifico que un vigilador está habilitado para trabajar en la Ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires?
Respuesta breve
- Pedí la credencial y revisá el nombre, el número de registro o de alta y la fecha de vigencia.
- Revisá el legajo: certificado de capacitación, aptitud psicofísica vigente y antecedentes.
- Controlá los vencimientos. En la provincia la credencial vale un año calendario; en la Ciudad rige la vigencia que figura en ella.
- Comunicá las altas y las bajas a la autoridad. En la Ciudad, dentro de las 72 horas corridas. En la provincia, las bajas dentro de las 48 horas.
- 4guards guarda el número y una fecha opcional que escribe el operador. No consulta ningún registro.
Qué dice la normativa
- Ciudad de Buenos Aires, Ley 5.688, arts. 452 y 455: quien presta el servicio lleva la credencial que acredita su alta y la exhibe a la autoridad. Incluye empresa, foto, nombre, número de registro y vigencia.
- Art. 454, que remite al art. 441: estudios secundarios y 18 años de edad (21 con armas de fuego). Certificado psicofísico con un año de validez. Certificado de capacitación. Sin condena por delito doloso.
- Arts. 451, 460 y 461: la autoridad otorga las altas por no más de dos años. La prestadora comunica altas y bajas en 72 horas corridas y acredita la capacitación y el entrenamiento periódico, a cargo del director técnico.
- Art. 462: la autoridad publica en el sitio oficial de la Ciudad las prestadoras habilitadas y el nombre y el DNI de su personal.
- Provincia de Buenos Aires, Ley 12.297, arts. 6 y 7: el personal de vigilancia tiene al menos 21 años y el título de la especialidad. Aprueba el examen psicofísico y presenta cada año la constancia de aptitud. Presta servicios con habilitación previa y en relación de dependencia.
- Decreto 1897/02, art. 17: la credencial lleva el número de alta y la fecha de vencimiento, y vale un año calendario desde su emisión. Si se extravía, se denuncia ante la policía en 24 horas y el titular no sigue en funciones hasta regularizarlo.
- Decreto 1897/02, art. 6: las bajas se comunican con la credencial en 48 horas. Ley 12.297, art. 46: incluir personal que no cumple los requisitos es infracción muy grave.
Fuentes oficiales consultadas el :
- Ley 5.688 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Libro VI «Servicio de Seguridad Privada» (texto actualizado), Boletín Oficial de la Ciudad
- Ley 12.297 de la provincia de Buenos Aires, actividades de las prestadoras de seguridad privada (texto actualizado), normas.gba.gob.ar
- Decreto 1897/02 de la provincia de Buenos Aires, reglamentación de la Ley 12.297 (texto actualizado), normas.gba.gob.ar
Ejemplos prácticos
- Alta de un vigilador en la Ciudad: copia de la credencial, certificado de capacitación, certificado psicofísico con su vencimiento y constancia de la comunicación.
- Una credencial de la provincia vale un año calendario desde su emisión. Copiá en 4guards la fecha de vencimiento impresa en ella.
Errores frecuentes
- Dar por válida una credencial sin mirar su fecha de vencimiento.
- Olvidar que el certificado psicofísico tiene un año de validez en la Ciudad y que en la provincia se presenta la constancia cada año.
- Leer la fecha cargada en 4guards como vigencia legal. Es solo un aviso propio.
Cómo te ayuda 4guards
- En la ficha del vigilador cargás el número del documento y, si querés, una fecha de vencimiento. Una lista muestra los vencimientos que caen dentro de la ventana configurada.
- 4guards no consulta el registro de ninguna autoridad y no verifica si una credencial es auténtica ni cuál es el estado de su habilitación.
- Cargá la fecha con criterio. Si la comprobación de descansos está activa (desde el plan Plus) y el bloqueo está activado, una fecha vencida puede impedir guardar un turno. Si no querés ese efecto, dejá la fecha en blanco.
- Las altas, las bajas y los cambios los comunicás vos a la autoridad. 4guards no lo hace.