¿Cómo planifico el cuadrante de vigilantes sin huecos de cobertura?
Respuesta breve
- Fije en cada servicio cuántos puestos deben estar cubiertos y en qué franjas, según el contrato.
- Deje al menos 12 horas entre una jornada y la siguiente (art. 34.3 del Estatuto de los Trabajadores). Compruebe si su convenio exige más.
- Controle la jornada: nueve horas ordinarias al día salvo otra distribución pactada, descanso semanal de día y medio y límites del trabajo nocturno.
- Entregue las órdenes mensuales de trabajo con la antelación del convenio del sector.
- Antes de publicar el cuadrante, abra el informe de cobertura y cierre cada hueco.
Qué dice la normativa
- Estatuto de los Trabajadores, art. 34: la jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de promedio anual. Entre dos jornadas median al menos 12 horas. Las horas ordinarias diarias no superan las nueve, salvo otra distribución por convenio o acuerdo.
- Art. 36: el trabajo nocturno es el realizado entre las 22:00 y las 6:00. Los trabajadores nocturnos no exceden de ocho horas diarias de promedio en 15 días y no hacen horas extraordinarias.
- Art. 37.1: el descanso semanal es de día y medio ininterrumpido, acumulable por periodos de hasta 14 días.
- Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad 2026-2030 (BOE de 18 de abril de 2026), art. 52: 1.782 horas anuales; trece horas entre jornadas, salvo urgencia y trabajo a turnos; órdenes mensuales con 7 días naturales de antelación. Es un convenio, no una ley.
- Ley 5/2014 de Seguridad Privada, art. 57: no sustituir al vigilante que abandona u omite el servicio sin justificación, dentro de su jornada, es infracción grave.
Ejemplos prácticos
- Un servicio de noche termina a las 06:00. El siguiente no puede empezar antes de las 18:00 (12 horas). Si el convenio le exige trece horas, no antes de las 19:00.
- Un puesto cubierto las 24 horas del año suma 8.760 horas. Con 1.782 horas anuales por vigilante hacen falta al menos cinco. Las bajas y otras ausencias hay que cubrirlas aparte.
- Un vigilante falta a las 22:00. El informe muestra el hueco de 22:00 a 06:00. Antes de asignar un sustituto, compruebe su descanso.
Errores frecuentes
- Tomar los valores por defecto de un software por valores legales.
- Planificar solo el descanso diario y olvidar el semanal, la nocturnidad y el convenio.
- Ignorar el convenio, que puede exigir más descanso que la ley.
- Confirmar un aviso del sistema sin criterio ni constancia propia.
Cómo le ayuda 4guards
- El informe de cobertura lista, por servicio y periodo, cada intervalo con menos vigilantes planificados que puestos exigidos. Los turnos sin vigilante nombrado aparecen aparte. Usted abre el informe; 4guards no envía avisos.
- El tablero de despacho muestra los turnos en curso, quién ha fichado, quién llega tarde y qué puesto no tiene vigilante.
- Desde el plan Plus, al guardar un turno 4guards comprueba solapes, descanso diario y duración máxima del turno. Avisa si las horas de los últimos 7 días superan el máximo y compara la fecha anotada del vigilante con el inicio del turno. Los umbrales son ajustes.
- Los valores iniciales son ajustes. Las 12 horas de descanso coinciden con el mínimo del artículo 34.3; si su convenio exige trece, súbalas. Las 12 horas de turno y las 48 en 7 días no son límites de la ley española ni del convenio. Un turno de 12 horas supera las nueve ordinarias del artículo 34.3, salvo otra distribución por convenio.
- 4guards no comprueba el descanso semanal, la pausa, el trabajo nocturno ni el cómputo anual. La confirmación de un aviso en el panel no se guarda. Es una ayuda de planificación, no un dictamen jurídico.